7 Consejos para contratar un seguro de impago de alquiler


Actualizado: 15 octubre, 2021 | Seguros ARRENTA |
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Debido al auge de los alquileres en España, los propietarios de viviendas que han decidido alquilarlas se interesan en la póliza de seguro por impago de alquiler, para asegurarse el cobro de las rentas.

Estos son los consejos que te ofrecemos para que contrates un seguro con total garantía.

Señor con traje y una libreta en la mano

Cuando se habla de seguros para viviendas en alquiler se piensa únicamente en que la póliza hace frente a los daños intencionados que pudieran causar los arrendatarios y a la defensa jurídica si se llega a tener problemas judiciales como, por ejemplo, un desahucio.

Algunos de los seguros de alquiler también ofrecen una cobertura de impago de alquiler cada vez con más frecuencia.

Si el inquilino deja de pagar las cuotas del alquiler, el propietario las seguirá cobrando durante el tiempo que tenga contratado en su póliza de seguro de impago.

Estos seguros por impago de rentas de alquiler están en auge y por ello es necesario tener en cuenta los siguientes consejos antes de contratarlo.

Consejo 1

Contrata con una aseguradora de confianza

Antes de contratar es importante elegir correctamente una compañía de seguros que sea una entidad legal ya que existen aseguradoras que ofrecen pólizas de seguro de impago de alquiler que no lo son.

La compañía de seguros que elija debe corresponder a una compañía aseguradora reconocida por la Dirección General de Seguro y Fondo de Pensiones.

Extreme la precaución si contacta con una empresa privada que le asegure el cobro del alquiler y no cuente con ningún tipo de control financiero oficial. En cualquier caso usted lea atentamente las cláusulas del contrato antes de firmarlo y no dude en contactar con un abogado si tiene dudas.

El precio de este tipo de seguros de impago de alquiler puede variar de una compañía a otra y para ello le proporcionamos un comparador de seguros mediante el cual se podrá hacer una idea del precio y coberturas de la póliza en compañías aseguradoras de confianza.

Consejo 2

Contratar una cobertura de 12 meses de rentas

Es importante cuando decida contratar este seguro de impago de alquiler, que la póliza tenga una cobertura al menos de 12 meses de rentas, aunque tiene la opción de contratar hasta 18 meses.

Este consejo se lo damos porque además de que el inquilino deje de pagar durante un tiempo las cuotas del alquiler, también se puede llegar a solicitar un desahucio y es importante que esté protegido durante este tiempo.

Consejo 3

Tenga en cuenta por cuánto tiempo quiere tener alquilada su vivienda

La temporalidad o tiempo por el cual quiere tener alquilada su vivienda es fundamental si va a contratar un seguro de impago de alquiler, ya que las condiciones del seguro no son las mismas.

Para un alquiler vacacional o un período de tiempo corto, quizás no necesite las mismas condiciones que para una vivienda que se va a alquilar por cinco años o más.

Por lo tanto, reflexione sobre las condiciones más adecuadas de su seguro en función del tiempo que va a tener alquilada la vivienda.

Consejo 4

Elegir correctamente al inquilino

Las aseguradoras realizan una valoración del inquilino mediante un informe de riesgo para saber si existe un riesgo de impago del alquiler.

Por su parte le aconsejamos que antes de decidirse por uno u otro candidato también valore el riesgo que puede comportar hacer un contrato de alquiler a una persona que no le ofrece garantías o que le genera desconfianza.

Cuando valore al inquilino, podrá determinar si la cobertura que debe contratar ha de incluir coberturas específicas, por ejemplo en lo referente a daños materiales que le puedan ocasionar a la vivienda.

Consejo 5

Obligaciones del propietario

Un punto muy importante es que, para poder cobrar del seguro de impago de alquiler, deberá existir una resolución judicial a su favor para que la compañía de seguros proceda al pago de las rentas pendientes o atrasadas.

Si el propietario no tiene la documentación de la vivienda en regla, no podrá contratar un seguro de impago de alquiler. La documentación necesaria es la siguiente:

  • Escrituras de la vivienda
  • Contrato de alquiler de vivienda firmado correctamente
  • Depósito de la fianza
  • Obligaciones fiscales al día: impuestos
  • etc.
apreton manos

Consejo 6

Período de carencia

En el caso de que el contrato del seguro de impago de alquiler sea para un alquiler corto, debe tener en cuenta que en muchos seguros existe un período de carencia, lo que quiere decir que hasta que no finalice la carencia las coberturas del seguro no serán efectivas.

Durante el período de carencia del seguro, la compañía aseguradora no se hace cargo de los gastos de un siniestro.

El período de carencia se empieza a contabilizar desde el momento en que se firma el contrato del seguro y el tiempo que dura ha de venir reflejado en el dicho contrato. Una vez finalizada la carencia, las coberturas contratadas en el seguro pasarán a ser efectivas.

Consejo 7

Detalla las características de la vivienda

Un punto a tener en cuenta cuando se redacta un contrato de alquiler es realizar fotografías e inventario de la vivienda e incluirlo como anexo al contrato para que quede constancia del estado de la vivienda a la hora de alquilarlo.

Este anexo también ayuda a la compañía de seguros cuando decida contratar una póliza de alquiler de la vivienda arrendada, ya que, si el inquilino ocasionara daños intencionados en la vivienda, serviría de prueba en un proceso judicial y de esta manera el proceso legal sería más rápido.

Comunica el siniestro lo más pronto posible

Además de seguir estos consejos para contratar un seguro de impago de alquiler, queremos aprovechar para recomendar en caso de siniestro, comunicarlo inmediatamente a la compañía.

Es aconsejable que antes mantenga un contacto con el inquilino y se interese por la situación, ya que muchas veces pueden ser simples despistes o pequeños retrasos puntuales.


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